Requisitos para el ingreso

  • A. Impresión de la ficha de preinscripción. Al finalizar el proceso de preinscripción a través de internet el sistema le imprimirá un formulario con los datos ingresados. Es imprescindible que traia está impresión para poder concretar la inscripción
  • B. Certificado analítico de estudios secundarios completos o título secundario (original y fotocopia) o constancia de que no adeuda materia del ciclo secundario.
  • C. Fotocopia de primera y segunda hoja del DNI.
  • D.Tres (3) fotografías carnet (4x4). Color.
  • E. Pago de la inscripción $80
  • F. Pago de seguro de vida obligatorio $10
  • G. Pago de Libreta Universitaria $3,80

Los pagos deben efectuarse en Tesorería de la Facultad en horario de 8:00 a 12:00 horas

 

Normas Generales Vigentes para los alumnos de la FAU.

Cursado de Materias Teóricas y Taller de Arquitectura

Para cursar cualquier materia del Segundo Año de la carrera, los alumnos podrán adeudar sólo una materia de Primer Año, siempre que se respeten las siguientes correlatividades específicas.

Para poder cursar:

  • Arquitectura 2 es necesario tener aprobada Arquitectura 1.
  • Comunicaciones 2 es necesario tener aprobadas Comunicaciones 1 y Sist. de Repres.
  • Teoría de la Arq. es necesario tener aprobadas Arquitectura 1 y Comunicaciones 1.
  • Introd. a la Historia es necesario tener aprobada Arquitectura 1 y regular Com. 1.
  • Estructuras 1 es necesario tener aprobadas/reg. Matemáticas e Introd. a la Tecnología.
  • Construcciones 1 es necesario tener aprobadas Matemáticas e Introd. a la Tecnología.
  • Nota: Estaba aprobado que fuese necesario tener aprobado el Primer Año completo

Para rendir y/o promocionar materias teóricas:

  • de 3° año, es necesario tener aprobado el 1° año completo.
  • de 4° año, es necesario tener aprobado el 2° año completo.
  • de 5° año, es necesario tener aprobado el 3° año completo.
  • de 6° año, es necesario tener aprobado el 4° año completo.

Para cursar materias teóricas

Los alumnos deben reunir, al momento de la inscripción, los siguientes requisitos: cumplir con las Correlatividades Generales de la FAU y con las Específicas establecidas por cada Cátedra. Sólo podrán cursar materias promocionales aquellos alumnos que, al momento de la inscripción, estén en condiciones de poder promocionarla.

Para cursar Taller de Arquitectura III a V

Es necesario tener aprobado el año anteprecedente completo y la mitad de las materias del año precedente.

Nota: Estaba aprobado que fuese necesario la mitad+1 del año precedente.

Para cursar Taller de Arquitectura VI

Es necesario tener aprobadas todas las materias de 1° a 5° año. Se habilitarán nuevas fechas de inscripción intermedias a las ya existentes. Total de 4 inscripciones anuales: 30 de Marzo - 30 de Mayo - 15 de Agosto - 30 de Septiembre.

Nota: Estaba aprobado que fuesen 2 inscripciones anuales.

Para cursar y/o aprobar Materias Electivas

Será necesario tener Primer Año aprobado completo y cumplir con las Correlatividades Específicas fijadas por cada Profesor a cargo de las mismas.

Nota:Estaba aprobado que fuese necesario tener 3° o 4° año completo respectivamente.

 

Permanencia en la FAU

Régimen de permanencia para los alumnos ingresantes a partir del año 1995.

El presente Régimen se establece en virtud de la Res. N° 961-93 del HCS.

Para ser considerados alumnos de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo, los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Máximo de Aplazos en la Carrera
  • a) El límite máximo de aplazos será el 50% del número de asignaturas del Plan de Estudio vigente, o sea la cantidad de 15 -quince- aplazos.
  • b) Los alumnos que excedan el número máximo de aplazos en la carrera (15 -quince-), perderán automáticamente su condición de alumno de la Facultad.
  • c) La F.A.U. deberá notificar a todos los alumnos que lleguen a los 8 -ocho- aplazos, informándoles de su situación y recordándoles la vigencia de estas normas.
  • Permanencia Máxima en la Carrera
  • a) La máxima permanencia en la carrera será del doble de lo que se considera ideal, o sea la cantidad de 12 -doce- años.
  • b) Los alumnos que excedan el número máximo de años de permanencia en la Carrera (12 -doce-), perderán automáticamente su condición de alumno de la Facultad.
  • c) La F.A.U. deberá notificar a todos los alumnos que llegan a los 6 -seis- años de cursado, informándoles de su situación y recordándoles la vigencia de estas normas.
  • Licencia como Alumno de la Facultad por Suspensión de Estudios
  • a) Aquellos alumnos que necesiten suspender por un tiempo determinado el cursado de la carrera, deberán pedir licencia como alumnos regulares ante la Secretaría de Asuntos Estudiantiles, a fin de interrumpir el cómputo del tiempo de permanencia mientras dure la licencia.
  • b) La Secretaría de Asuntos Estudiantiles deberá expedirse en un plazo no mayor de 5 -cinco- días, en caso contrario la misma se considerará otorgada de oficio.
  • c) Las licencias no podrán exceder los 2 -dos- años de duración máxima total y 4 -cuatro- meses como plazo mínimo.
  • d) No se computará el tiempo para aquellos alumnos que ocupen cargos electivos en la F.A.U. o en la U.N.T., tampoco para aquellos alumnos que se desempeñen en un cargo político en la administración pública.
  • e) Se concederán licencias retroactivas únicamente en casos de: accidentes, enfermedades súbitas o en circunstancias especiales que hubieren impedido gestionarla con anticipación, es decir, por motivo de fuerza mayor debidamente justificado.
  • Normas Generales
  • a) La F.A.U. deberá notificar a todos los alumnos que superen los límites establecidos (15 -quince- aplazos y/o 12 -doce- años de permanencia en la carrera), informándoles que perdieron su condición de alumnos de la Facultad e invitándoles a gestionar el correspondiente certificado de estudios realizados y materias aprobadas.
  • b) La F.A.U. extenderá un certificado donde consten los estudios realizados y las materias aprobadas hasta esa fecha, a todos aquellos alumnos que hubieran quedado fuera de la misma por superar los límites establecidos.
  • c) La F.A.U. negará la posibilidad de reinscripción o consideración de equivalencias a todos aquellos alumnos que hubieran quedado fuera de la misma por superar los límites establecidos.
  • d) La F.A.U. notificará fehacientemente a los alumnos en todos los casos anteriormente mencionados, en el último domicilio declarado por el mismo.
  • e) El HCD de la F.A.U. decidirá sobre el alcance e interpretación de este Régimen de Permanencia cuando surgiere alguna cuestión no prevista o dudas sobre su aplicación.

 

Regimen de permanencia para los alumnos ingresantes a partir del año 2004

El presente Régimen se establece en virtud del Art.50º de la Ley de Educación Superior N°24.521.

ARTICULO 1.- Perderán su condición de alumno universitario en la Facultad y serán dados de baja como tales, quienes:

  • A.- Alcancen en la carrera un número de aplazos igual o superior al 50% de la cantidad de materias del plan de estudio vigente. Para el caso del actual plan de estudios de la carrera de Arquitectura, el número máximo es de 15 -quince- aplazos.
  • B.- No concluyan la carrera en un tiempo igual al doble del previsto en el plan de estudios vigente. Para el caso del actual plan de estudios de la carrera de Arquitectura, el tiempo máximo de permanencia es de 12 -doce- años a contar desde la fecha de inscripción en la carrera.
  • C.- Alcancen un número de aplazos igual a 5 -cinco- en una misma materia, considerando exámenes globales finales o promedio general de parciales para promoción.
  • D.- Habiendo aprobado el 50% de la cantidad de materias del plan de estudio vigente (15 -quince- materias), tuvieran promedio inferior a 4 -cuatro- puntos.
  • E.- No aprueben una materia de la carrera en 2 -dos- años consecutivos de permanencia como alumno.
  • F.- No se reinscriban en la carrera en 2 -dos- años consecutivos o en 4 -cuatro- alternados.

ARTICULO 2.- Los alumnos que necesiten suspender por un tiempo determinado el cursado de la carrera, podrán pedir licencia como alumnos regulares. El otorgamiento de la licencia implica la interrupción del cómputo del tiempo de permanencia mientras dure la licencia.

ARTICULO 3.- Los alumnos que pierdan su condición de tal, serán dados de baja de los registros de la Facultad y podrán solicitar un certificado de los estudios realizados y las materias aprobadas hasta esa fecha, en el que deberá constar la causa de la pérdida de la condición de alumno.

ARTICULO 4.- La F.A.U. negará la posibilidad de reinscripción o consideración de equivalencias a todos aquellos alumnos que hubieran quedado fuera de la misma por superar los límites establecidos.

ARTICULO 5.- El HCD de la F.A.U. decidirá sobre el alcance e interpretación de este Régimen de Permanencia cuando surgiere alguna cuestión no prevista o dudas sobre su aplicación.

ARTICULO 6.- Esta disposición tendrá vigencia para los alumnos que ingresen en el Período Lectivo 2004 y sucesivos.

 

Anexo reglamentario del régimen de permanencia - año 2004

1°.- La F.A.U. deberá notificar a todos los alumnos que lleguen a los 8 -ocho- aplazos, informándoles de su situación y recordándoles la vigencia de estas normas.

2°.- La F.A.U. deberá notificar a todos los alumnos que llegan a los 6 -seis- años de cursado, informándoles de su situación y recordándoles la vigencia de estas normas.

3°.- La F.A.U. deberá notificar a todos los alumnos que llegan a los 3 -tres- aplazos en una misma materia, informándoles de su situación y recordándoles la vigencia de estas normas.

4°.- La F.A.U. deberá notificar a todos los alumnos que soliciten la segunda Readmisión consecutiva, informándoles que esa es la última posible según lo que establecen estas normas.

5°.- La solicitud de licencia como alumnos regulares se gestionará ante la Secretaría de Asuntos Estudiantiles quien deberá expedirse en un plazo no mayor de 5 -cinco- días, en caso contrario la misma se considerará otorgada de oficio.

6°.- Las licencias no podrán exceder los 2 -dos- años de duración máxima total y 4 -cuatro- meses como plazo mínimo.

7°.- No se computará el tiempo para aquellos alumnos que ocupen cargos electivos en la F.A.U. o en la U.N.T., tampoco para aquellos alumnos que se desempeñen en un cargo político en la administración pública.

8°.- Se concederán licencias retroactivas únicamente en casos de: accidentes, enfermedades súbitas o en circunstancias especiales que hubieren impedido gestionarla con anticipación, es decir, por motivo de fuerza mayor debidamente justificado.

9°.- La F.A.U. deberá notificar a todos los alumnos que superen los límites establecidos informándoles que perdieron su condición de alumnos de la Facultad e invitándoles a gestionar el correspondiente certificado de estudios realizados y materias aprobadas.

10°- La F.A.U. notificará fehacientemente a los alumnos en todos los casos anteriormente mencionados, en el último domicilio declarado por el mismo.

Exámenes en la FAU

Los alumnos podrán inscribirse para rendir examen como alumnos regulares o libres hasta 48 hs. hábiles antes de la fecha de examen.

Los alumnos podrán desistir de su inscripción en los exámenes regulares o libres hasta 48 hs. hábiles antes del examen. Si se desiste de rendir el mismo día del examen, debe justificarse la inasistencia ante los miembros de la mesa examinadora.

Los alumnos que, inscriptos para rendir una asignatura en mesas regulares o especiales de examen, no se presentaran a rendir, ni justificaran su inasistencia, serán sancionados con la suspensión del próximo turno de examen.

 

Plan de Estudio 1979

 

Curso

Materia

Carga horaria

Regimen

Primer Año

Arquitectura I
336
Anual
Introducción a la Tecnología Arquitectónica
96
Cuatrimestral
Sistemas de Representación
96
Cuatrimestral
Matemática
96
Cuatrimestral
Comunicaciones I
96
Cuatrimestral

Segundo Año

Arquitectura II
336
Anual
Comunicaciones II
72
Cuatrimestral
Estructuras I
72
Cuatrimestral
Construcciones I
72
Cuatrimestral
Teoría de la Arquitectura
72
Cuatrimestral
Introducción a la Historia de la Arquitectura
72
Cuatrimestral

Tercer Año

Arquitectura III
336
Anual
Comunicaciones III
72
Cuatrimestral
Estructuras II
72
Cuatrimestral
Construcciones II
96
Cuatrimestral
Historia de la Arquitectura I
72
Cuatrimestral
Acondicionamiento Ambiental I
72
Cuatrimestral

Cuarto Año

Arquitectura IV
336
Anual
Urbanismo I
72
Cuatrimestral
Historia de la Arquitectura II
72
Cuatrimestral
Estructuras III
72
Cuatrimestral
Construcciones III
72
Cuatrimestral
Acondicionamiento Ambiental II
96
Anual

Quinto Año

Arquitectura V
336
Anual
Urbanismo II
72
Cuatrimestral
Economía y Organización de Obras
168
Cuatrimestral
Electiva I
72
Cuatrimestral

Sexto Año

Arquitectura VI
336
Anual
Práctica Profesional y Legal
72
Cuatrimestral
Electiva II
72
Cuatrimestral

 

Duración de la Carrera: 6 (seis) años

Título que se otorga: Arquitecto

Carga horaria total: 3984 horas

 

Fechas de exámenes

 

Mesas  
   

 

Requisitos para la expedición de diplomas

  • A. Pago de derecho de título $37,70.
  • B. Dos (2) fotografías tipo carnet (4x4). Color o blanco y negro.
  • C. Libre deuda de bibliotecas.

Requisitos para obtener la documentación necesaria para homologar el título en el exterior

  • Nota dirigida al Decano de la Facutad de Arquitectura y Urbanismo de la UNT solicitando legalización de Programas para homologar el título en el extranjero.
  • Pago del Arancel: $4.60 (derecho de homologación en Tesorería de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo) y $5 (Legalización para Ministerios en Tesorería del Rectorado de la UNT).
  • Fotocopias de los programas de Materias (Secretaría Académica de la Facultad)
  • La universidad se encarga de la legalización de los programas por Rectorado, Ministerio de Educación y Ministerio del Interior. La legalización por el Ministerio de Relaciones Exteriores queda por cuenta de interesado en Buenos Aires.
  • El trámite lleva aproximadamente un mes en completarse.

Requisitos para obtener equivalencias de materias cursadas en otras facultades

  • Programas de materias aprobadas.
  • Plan de estudio de la Carrera.
  • Certificado de Estudios Parciales (indicando: Libro, Acta, Nota, Folio y Fecha).
  • Escala de Calificaciones.
  • Constancia de cancelación de Matrícula y de no tener sanciones disciplinarias en la Facultad de Origen.

Todo estos elementos deben estar legalizados por la Facultad de origen, por la Universidad a la que pertenece y por el Ministerio de Educación

  • La documentación debe presentarse en la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la UNT con una nota dirigida al Decano solicitando equivalencia de materias.
  • Previamente o paralelamente el interesado debe inscribirse como alumno de la Facultad.
  • Plazo de presentación hasta el 30/03 del año respectivo.
  • Pago por materia reconocida $1.5 (en Tesorería de la Facultad cuando concluya el trámite).